
Asociación
Nacional de Facultativos Especialistas pendientes de Traslado
SE PUBLICAN EN EL BOE
LOS PRIMEROS NOMBRAMIENTOS
ESPECIALIDADES
ADJUDICADAS/ESPECIALIDADES
PENDIENTES
|
Alergología |
Cirugía
Cardiaca |
Geriatría |
Med.
Preventiva |
Obst. y Ginecologia |
|
Análisis
Clínicos |
Cir.
General |
Hematología |
Microbiología |
Oftalmología |
|
Anat.
Patológica |
Cir.
Maxilofacial |
Inmunología |
Nefrología |
Oncología
med. |
|
Anestesia |
Cir.
Plástica |
Neumología |
||
|
Bioquímica |
Endocrinología |
|||
|
Cardiología |
Farmacia
Hospit. |
Med.
Del Trabajo |
Neurología |
|
|
Ap.
Digestivo |
Dermatología |
Medicina
Interna |
Neurocirugía |
|
|
ORL |
Pediatría |
Psiquiatría |
Radiofísica |
|
|
Rehabilitación |
Traumatología |
Urología |
|
22 DE
febrero de 2005
Hoy se
han publicado los primeros nombramientos en el BOE. Se rata de las
Especialidades de Angiología y Cirugía Vascular, Farmacología Clínica, Cirugía
Torácica y Cirugía Pediátrica. Con ello se inicia el periodo de toma de
posesión de los traslados. Se transcribe el texto integro de la especialidad de
Cirugía vascular y Angiología:
MINISTERIO
DE SANIDAD Y CONSUMO
2930 ORDEN SCO/353/2005, de 3 de febrero, por la que se nombra
personal estatutario fijo y se asignan plazas a los adjudicatarios, en el
proceso extraordinario de consolidación y provisión de plazas de personal
estatutario como Facultativo Especialista de Área de Angiología y Cirugía
Vascular, convocado por Orden de 4 de diciembre de 2001. Por Orden 4 de diciembre de 2001 (B.O.E. del 11 de diciembre), se convocó proceso
extraordinario de consolidación y provisión de plazas de Facultativo
Especialista de Area de Angiología y Cirugía Vascular
de Instituciones Sanitarias de la Seguridad Social dependientes del Insalud. Finalizada la fase de selección se procedió
mediante Orden SCO/703/2004 de 1 de marzo (BOE del 18) a la declaración de la
situación de expectativa de destino a los aspirantes que habían superado el
concurso oposición, Por Orden de SCO/1193/2004, de 15 de mayo (B.O.E. de 27), se inició la fase de provisión del citado
proceso extraordinario, cuyo
proceso de asignación de plazas finalizó por Orden de
28 de enero de 2005, publicada en los lugares previstos en la bases de la
convocatoria. En la citada Orden se aprobó la resolución definitiva de la
asignación de destinos por centros de gestión. En su
virtud, visto lo dispuesto en las bases de la convocatoria, y en las demás
normas de general y pertinente aplicación este Ministerio RESUELVE
Primero.–Nombrar
personal estatutario fijo como Facultativo Especialista de Area
en la Especialidad de Angiología y Cirugía Vascular, a los aspirantes que
superando la fase de selección, han sido adjudicatarios de plaza en el proceso
de asignación, según detalle que se relaciona por orden alfabético en el anexo
I de esta Orden. Segundo.–Asignar a los
concursantes que han sido adjudicatarios en la fase de provisión, las plazas
que se detallan en el Anexo II de esta Orden. Tercero.–La
toma de posesión del personal relacionado en el anexo II de esta Orden, se
efectuará en el respectivo Servicio de Salud donde se le haya asignado la
plaza. Cuarto. a) Los adjudicatarios procedentes de la expectativa de destino
de la fase de selección dispondrán de un plazo máximo de un mes, contado a
partir del día siguiente al de la publicación de esta Orden, para efectuar la
toma de posesión. Este mismo plazo regirá en el caso de que la adjudicación de
plaza suponga el reingreso al servicio activo. En ambos casos este período no
será retribuido. b) Cuando el adjudicatario sea personal estatutario con plaza
en propiedad en la misma categoría a la que ha concursado en esta convocatoria,
y no proceda de la fase de selección, deberá cesar en la que, en su caso,
desempeñe, dentro de los tres días hábiles siguientes a aquél en que se
publique esta Orden. No obstante el Gerente de la Institución, por necesidades
del servicio, podrá ampliar este plazo hasta diez días. La toma de posesión en
la nueva plaza deberá efectuarse dentro de los tres días siguientes al del
cese, si las plazas son de la misma localidad; en el plazo de quince días
hábiles, si son de distinta localidad pero del mismo
área de salud; o en el de un mes, si pertenece a distinta localidad y área de
salud. c) Cuando el aspirante no tome posesión de la plaza que se le hubiere
adjudicado, en el plazo indicado, perderá todos los derechos derivados de su
participación en esta convocatoria. El adjudicatario, personal estatutario con
plaza en propiedad, que no se incorpore al destino obtenido dentro de los
plazos establecidos o de las prórrogas de los mismos que legal o
reglamentariamente proceda, se entenderá que solicita la excedencia voluntaria
por interés particular como personal estatutario y será declarado en dicha
situación por el Servicio de Salud donde tenga que tomar posesión. No obstante,
si existen causas suficientemente justificadas así apreciadas, previa audiencia
del interesado, podrá dejarse sin efecto dicha situación. En tal caso el
interesado deberá incorporarse a su destino tan pronto desaparezcan las causas
que en su momento lo impidieron. Disposición adicional.
Con la publicación de esta Orden se determina
la apertura del plazo de toma de posesión, para los concursantes que fueron
adjudicatarios de plaza en la especialidad de Angiología y Cirugía Vascular en
el concurso de traslados voluntario convocado por
Orden de 27 de noviembre de 2001 (B.O.E. de 29 de
noviembre).
Los concursantes indicados en el párrafo
anterior, deberán cesar en la plaza que, en su caso, desempeñen, dentro de
los tres días hábiles siguientes a aquel en que se publique esta Orden. No
obstante, el Gerente de la Institución, por necesidades del servicio, podrá
ampliar este plazo hasta diez días. La toma de posesión de la nueva plaza
deberá efectuarse dentro de los tres días siguientes al del cese, si las plazas
son de la misma localidad; en el plazo de quince días hábiles, si son de
distinta localidad pero de la misma área de salud; o en el de un mes, si
pertenecen a distinta localidad y área de salud. En el caso de que la
adjudicación de plaza suponga el reingreso al servicio activo, el plazo de toma
de posesión será de un mes a contar desde la publicación de la resolución por
la que se determine la apertura del plazo de toma de posesión. El cómputo del
plazo posesorio se iniciará cuando finalice el permiso o licencia que, en su
caso, haya sido concedido al interesado, salvo que por causas justificadas se
acuerde suspender el disfrute de los mismos. Cuando un concursante no tome
posesión de su nueva plaza dentro del plazo posesorio o, en su caso, de la
prórroga que a su petición motivada se le hubiere concedido, perderá todos los
derechos derivados de este concurso. Se entenderá que solicita la excedencia
voluntaria por interés particular como personal estatutario y será declarado en
dicha situación por el Servicio de Salud donde tenga que tomar posesión,
quien no se incorpore al destino obtenido dentro de los plazos establecidos o
de las prórrogas de los mismos que legal o reglamentariamente proceda. No
obstante, si existen causas suficientemente justificadas así apreciadas previa
audiencia del interesado, podrá dejarse sin efecto dicha situación. En tal caso el interesado deberá incorporarse
a su destino tan pronto desaparezcan las causas que en su momento lo
impidieron.
Disposición final.
Contra esta Orden podrá interponerse alternativamente, recurso potestativo de
reposición ante el Ministerio de Sanidad y Consumo (Paseo del Prado, 18,20.
28071-Madrid), dentro del plazo de un mes contado a partir del día siguiente al
de la publicación de esta Orden (artículos 116 y 117 y disposición transitoria
segunda, párrafo segundo, de la Ley 4/ 1999, de modificación de la Ley 30/1992,
de 26 de noviembre de RJAP y PAC), o bien directamente recurso
contencioso-administrativo ante la Sala correspondiente de la Audiencia
Nacional dentro del plazo de de dos meses, a contar desde el día siguiente al
de la publicación de esta Orden (artículos 11.1. y 46.1 de la Ley 29/1998, de
13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa; BOE de
14 de julio). Madrid, 3 de febrero de 2005.–La
Ministra, P.D. (Orden SCO/ 2475/2004, de 8 de julio, B.O.E.
de 23 de julio), la Directora General de Recursos Humanos y Servicios Economico Presupuestarios, Consuelo Sánchez Naranjo.
5 DE
FEBRERO DE 2005
Ayer
Día 4 de Febrero se publicaron las primeras adjudicaciones definitivas de la
fase de Provisión. Con Cirugía torácica y Farmacología clínica se inicia la
fase final del proceso para nuestras tomas de
posesión. Lo que se ha publicado en la página INGESA se trasladará al BOE de
forma inmediata y en la fecha de publicación en el BOE comienza el plazo de
toma de posesión para nuestros traslados. Según nuestras informaciones se tiene
previsto seguir con las publicaciones de Anatomía patológica, Reumatología, Oncología radioterápica,
Neurofisiología clínica, Medicina nuclear, Medicina intensiva, Angiología y
Cirugía Pediátrica. Desde ANFET
seguimos apostando por que la mayoría de Especialidades estén en condiciones de
tomar posesión a finales de este mes de Febrero. Seguiremos informando.
23 de
ENERO DE 2005-01-23
En las
próximas semanas se completará la fase de Provisión con la publicación de las
listas provisionales que faltan y la progresiva publicación de las listas
definitivas. En ellas, en las definitivas, que se han de publicar
obligatoriamente en el BOE, se publica el NOMBRAMIENTO definitivo del destino
adjudicado a cada aspirante, comenzando a contar desde esa fecha de publicación
el periodo de toma de posesión. Como establece la ley de consolidación y todos
pendientes de traslado sabemos de sobras, las TOMAS DE POSESIÓN SE HARÁN DE
FORMA SIMULTANEA, ¿os suena verdad?, pues bien, como las tomas de posesión se
hará de forma simultanea, para los traslados adjudicados hace casi dos años, el
plazo de toma de posesión de los traslados comienza en el mismo momento que se
publica la resolución definitiva de provisión de cada especialidad. Esto quiere
decir que los pendientes de traslado pueden TOMAR POSESIÓN de sus plazas
inmediatamente tras la publicación de la resolución de cada especialidad. Se
han recibido correos de Andalucía que nos comunican que el SAS tiene la
intención de dar toma de posesión al final de la última ronda de adjudicación
de la Provisión. Esto en principio es poco probable ya que las convocatorias
del extinto INSALUD y los Servicios de Salud transferidos como el SAS están
coordinadas para ser desarrolladas de forma simultánea. En cualquier caso, si
alguien tiene concedido traslado fuera del SAS no debe de tener ningún problema
para ejecutar el traslado, es mas, deben de saber que tras la publicación de la
lisita definitiva de su especialidad en el territorio exinsalud,
les comienza a contar el tiempo de toma de posesión y deben de trasladarse en
ese plazo. Si no realizan esa toma de posesión pierden todos los derechos sobre
su plaza adjudicada. ¡OJO!. De la misma forma, se entiende que los
adjudicatarios del traslado a plazas en el SAS, pueden y deben ejercer su
derecho de toma de posesión tras la publicación de las listas definitivas de
Provisión del SAS en primera ronda. De no ser así se estaría conculcando un
derecho fundamental de los pendientes de traslado, como es la igualdad con sus
mismos compañeros que se van fuera del SAS. ¡OTRO OJO!
Desde
estas páginas seguiremos informando de los acontecimientos concretos de esta
fase del proceso y trataremos de ayudar en lo que podamos. En cuanto a plazos,
creemos que la mayoría de las especialidades pueden estar tomando posesión
entre Marzo y Abril.
CAMBIO DEL CORREO DE ANFET
POR CUESTIONES TÉCNICAS SE HA CAMBIADO EL
CORREO ELECTRÓNICO DE ANFET A PARTIR DEL 1 DE ENERO. OS ROGAMOS LO TENGAIS EN
CUENTA PARA REMITIR CORRESPONDENCIA.